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Medidas a tener en cuenta para la correcta gestión de residuos

De acuerdo al Real Decreto 180/2015 por el que se regula el traslado de residuos de empresas que produzcan, posean o gestionen residuos tanto peligrosos como no peligrosos deben cumplir las siguientes obligaciones:

  • Disponer con carácter previo al inicio de un traslado de un contrato de tratamiento en el que se indique:

– Cantidad estimada de residuos que se va a trasladar

– Identificación de los residuos mediante su codificación LER

– Periodicidad estimada de los traslados

– Cualquier otra información que sea relevante para el adecuado tratamiento de los residuos

– Tratamiento al que se van a someter los residuos

– Obligaciones de las partes en relación con la posibilidad de rechazo de los residuos por parte del destinatario

  • Que los residuos vayan acompañados de un documento de identificación desde el origen hasta su recepción en la instalación de destino
  • Realizar una notificación previa a la administración del traslado, dando un plazo de diez días para negar la autorización:

– Los traslados de Residuos peligrosos

– Los traslados de Residuos destinados a eliminación. (Peligrosos y No Peligrosos)

– Los traslados de Residuos destinados a instalaciones de incineración clasificadas como valorización. (Peligrosos y No Peligrosos)

– Los traslados que se destinen a valorización de residuos domésticos mezclados identificados con el código LER 20 03 01 y de los residuos que reglamentariamente se establezcan

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