La Comunidad de Madrid destina 1.700.000 euros a la modernización de las pymes regionales
El BOCM del 31 de enero de 2020 ha publicado el extracto por el que se convocan las ayudas dirigidas a proyectos de inversión para la modernización e innovación de las PYMES Comerciales de la Comunidad de Madrid.
La dotación económica alcanza los 1.700.000 euros y las solicitudes de ayudas pueden presentarse hasta el día 21 de febrero.
Podrán ser beneficiarias del régimen de ayudas contempladas en la presente Orden las pequeñas y medianas empresas y los empresarios individuales que cumplan con una serie de requisitos, entre los que se encuentran tener una cifra de negocios anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general anual no superior a 43.000.000 de euros o disponer de menos de 250 trabajadores.
Serán consideradas subvencionables aquellas inversiones que se hayan ejecutado entre el 16 de septiembre del año 2019 y el 15 de septiembre 2020.
Las ayudas consistirán en subvenciones directas del 50 por 100 del presupuesto aceptado de inversiones del proyecto presentado, impuestos excluidos, con el límite máximo de 20.000 euros, y un establecimiento comercial por beneficiario.
¿Qué gastos son subvencionables?
Las acciones objeto de ayuda contemplan obras de ampliación, transformación o nueva implantación de establecimientos comerciales; la adquisición de equipamiento y mobiliario especializado y de equipos informáticos dirigidos a la implantación y mejora del comercio electrónico, así como a proyectos que permitan la implantación de las nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los procesos de negocio comerciales.
Desde AECIM ofrecemos un servicio específico de asesoramiento y tramitación para las compañías interesadas.
Contenido del servicio
- Recopilación de la documentación necesaria para solicitar la ayuda.
- Análisis de la idoneidad de la documentación requerida a tales efectos.
- Preparación del dossier correspondiente a la solicitud de la ayuda, comprendiendo:
- Modelo de Solicitud.
- Documentación anexa.
- Seguimiento del expediente hasta la resolución de la solicitud y en su caso, atención a los requerimientos de subsanación o complemento del expediente.
- Recurso de reposición ante denegación de Ayuda, en caso de ser viable.